Verdades y mentiras sobre la franquicia del IVA para autónomos
Durante las últimas semanas se ha retomado el tema de la franquicia del IVA en España. Una medida derivada de una directiva europea de 2020 que ha entrado y salido de la agenda política española en varias ocasiones generando cierta incertidumbre y confusión en cuanto a su aplicación y funcionamiento. Por ello te aclaramos los aspectos básicos y en qué punto está:
España no tiene obligación de aplicar la franquicia del IVA en su territorio
A pesar de lo publicado en diversos medios tras la denuncia de la UE a España, el Gobierno español no tiene obligación de implementar la franquicia del IVA en España, pero sí de trasponer la directiva.
La confusión se debe a que la directiva europea sobre la franquicia del IVA establece un sistema de dos niveles de aplicación:
- Nivel nacional: Medida opcional que permite a cada estado exonerar la repercusión del IVA a pequeñas empresas con límite de facturación de hasta 85.000€.
- Nivel transfronterizo: Los estados que hayan adoptado la medida nacional concederán la franquicia también a las empresas de otros países miembros de la UE por las entregas de bienes y servicios efectuadas en su territorio si no superan los 100.000€ de facturación.
La Unión Europea ha denunciado a España por no facilitar que las empresas españolas accedan al régimen de franquicia transfronterizo al operar en el resto de estados que sí han adoptado la franquicia nacional, pero no obliga a España a instaurarlo en su territorio.
¿España aprobará la franquicia del IVA?
Dado su carácter voluntario, la postura sobre la aplicación de la franquicia del IVA en España ha sufrido varios vaivenes políticos poniendo en duda su aprobación:
- La Directiva Europea (UE) 2020/285 fue aprobada en 2020 y desde entonces la gran mayoría de estados miembros la ha aplicado en su territorio.
- En 2023, la Agencia Tributaria española se reunió con las asociaciones de autónomos para valorar la aplicación de la franquicia en España.
- Sin embargo, en 2025 el Ministerio de Hacienda publicó un proyecto de orden que confirmaba que España no implementaría la exención del IVA en territorio nacional (pero facilitaría el transfronterizo) alegando que España ya cuenta con regímenes simplificados como el de módulos, más beneficioso para pequeños empresarios.
- En las últimas semanas, debido a las necesidades de pactos parlamentarios y a la presión por convertirse en el único estado de la UE sin franquicia nacional del IVA, el Gobierno ha dado muestras de retomar su implantación en España, pero quedan muchas dudas sobre los detalles.
Las incertidumbres: plazos, límites y beneficiarios de la franquicia del IVA
En este momento son más las incertidumbres que las certezas y son muchos los aspectos que se desconocen sobre la aplicación de la franquicia:
- Plazos: Dada la complejidad de su aplicación, se entiende que una medida como la franquicia del IVA no puede iniciarse en mitad de un ejercicio fiscal por lo que lo más probable es que, de aprobarse, entrará en vigor un 1 de enero ¿Llegará a tiempo para el 1 de enero de 2027? Teniendo en cuenta que el proyecto aún tiene que ser consensuado y aprobado, es probable que se retrase aún más.
- Límite: Aunque la Unión Europea establece un límite de facturación de 85.000€ para acogerse a la franquicia del IVA nacional, la realidad es que se trata de un máximo y cada estado miembro puede rebajar ese límite.
- Beneficiarios: Aunque aquí lo denominamos “franquicia de autónomos” la realidad es que la UE habla de pequeñas empresas, por lo que su aplicación puede extenderse a otras formas jurídicas. Por otra parte, la directiva europea también permite a cada estado miembro decidir qué actividades quedan dentro o fuera de la franquicia del IVA. Un dato también importante es que se prevé que esta franquicia sea voluntaria, es decir, que el profesional pueda decidir si acogerse o no a la medida.
La gran ventaja: adiós a las declaraciones del IVA
La directiva europea es bastante clara en cuanto al objetivo que pretende esta medida: aliviar la carga administrativa de las pequeñas empresas.
Para entenderlo es necesario recordar cómo funciona la recaudación del IVA: En el régimen general las empresas y autónomos recaudan el Impuesto del Valor Añadido en nombre del Estado. Para ello, a cada factura por la entrega de bienes y servicios se añade el porcentaje de IVA correspondiente a la categoría de producto o servicio ofrecido y, al finalizar el trimestre (mensualmente en el caso de grandes empresas), la empresa o autónomo liquida el IVA, es decir, ingresa ese IVA que ha cobrado a sus clientes a la Agencia Tributaria mediante las declaraciones trimestrales.
Lo que permite la franquicia del IVA es dejar de recaudar el IVA en nombre del estado, es decir los autónomos que se acojan a la medida dejarán de añadir un porcentaje de IVA a sus facturas y, por tanto, no tendrán que liquidarlo ahorrando así los trámites administrativos.
¿Ventaja o perjuicio económico en la franquicia del IVA?
Es un error pensar que la franquicia del IVA supondrá, por defecto, un beneficio económico para los autónomos que se acojan a él, por que dependerá de las circunstancias particulares de cada negocio. Es un error aún mayor creer que los autónomos “dejarán de pagar el IVA” como se ha publicado en algunos medios, ya que, de hecho, será al contrario.
La explicación es sencilla: Las empresas y autónomos también deben comprar productos o servicios cargados con IVA que luego deducen del IVA devengado en sus propias facturas. De esta manera, en la práctica, solo pagan el importe neto de las facturas de sus proveedores. Sin embargo, los autónomos o empresas que se acojan a la franquicia del IVA ya no podrán deducirse el IVA de sus proveedores y, salvo que sus proveedores también se acojan a la franquicia, verán sus facturas de gastos incrementadas.
Para estar al tanto de la redacción final de esta norma, su entrada en vigor y cómo afecta a cada autónomo según su situación particular, es conveniente contar con la asesoría de expertos como el servicio de Asesoramiento Tributario de MOORE España, capaces de acompañar y asesorar a sus clientes sobre cualquier novedad en materia fiscal.
