Novedades fiscales en 2023
El inicio de cada año siempre trae consigo novedades fiscales como consecuencia de la aplicación de nuevas leyes y marcos regulatorios. 2023 no es una excepción, al contrario, la situación de incertidumbre económica ha provocado la aprobación de una amplia batería de medidas a lo largo de 2022 que han entrado el vigor el día 1 de enero, en su mayor parte muy marcadas por el intento de paliar los efectos de la Guerra de Ucrania y la inflación actual. Estas son las principales novedades en los tributos más comunes:
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IVA
Algunas de las medidas fiscales más visibles son las que afectan al impuesto sobre el valor añadido, por tratarse del tributo más generalista y conocido. Desde el día 1 de enero de 2023 se suprime durante seis meses el IVA superreducido del 4% que se aplica a los alimentos de primera necesidad, entre ellos el pan, la leche, los huevos, las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario.
El real decreto-ley que recoge la rebaja del IVA también reduce del 10% al 5% el tipo impositivo para los aceites de oliva y semillas y las pastas. Se trata en ambos casos de una medida temporal que dejará de aplicarse si la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo, publicada en abril, es inferior al 5,5%.
A esto hay que añadir una prórroga en las rebajas fiscales aplicadas a la factura de la luz y del gas, que expiraban el 31 de diciembre de 2022 y que se mantendrán con un tipo impositivo del 5% para determinados suministros de energía, además de prorrogar la suspensión temporal del impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica y el tipo impositivo reducido del 0,5% del Impuesto Especial sobre la Electricidad.
Otros cambios relativos al IVA no afectan a los tipos, sino al método de recaudación, e implican la flexibilización de los requisitos para poder recuperar el impuesto en caso de créditos incobrables; la inclusión de una modificación en la cláusula de cierre sobre la localización de la prestación de servicios; o la introducción de nuevos supuestos en los que se produce la inversión del sujeto pasivo.
IRPF
Otras de las más importantes novedades fiscales en 2023 son las que afectan al Impuesto sobre Renta de las Personas Físicas. Por ejemplo, este año se aumenta el límite del salario bruto anual a partir del cual se empieza a pagar el IRPF, de 14.000 a 15.000 euros anuales. Y en el caso de asalariados que tengan dos hijos y que presenten la declaración conjunta, el mínimo de tributación aumenta de 18.000 euros a 19.000 euros.
Además, entra en vigor una rebaja del IRPF para rentas por debajo de los 21.000 euros brutos anuales, que equivale al salario mediano de España y que, por tanto, se espera que beneficie a prácticamente la mitad de los asalariados.
Por el contrario, se elevará un punto, hasta el 27%, la tributación de las rentas del capital en el IRPF superiores a 200.000 euros, y hasta el 28% para las plusvalías superiores a 300.000 euros. De igual manera se empezará a aplicar el denominado Impuesto Solidario a las Grandes Fortunas que complementará el Impuesto al Patrimonio de las Comunidades Autónomas.
Otras novedades implican la reducción del límite máximo deducible para aportaciones a planes de pensiones privados a 2.000 euros, mientras que para contribuciones a Planes de Empresa, el límite se amplía hasta 10.000 euros.
En este 2023 también se añade la ampliación de la actual deducción por maternidad para mujeres con hijos menores de tres años y hay que estar atentos a las diversas deducciones autonómicas que implican, por ejemplo, deducciones por cuidado de descendientes o personas mayores de 65 años, y ayudas a la emancipación de los jóvenes o al alquiler de vivienda habitual.
Sociedades y Autónomos
Entre las novedades fiscales de 2023 que afectan a los tributos de las empresas, destaca la reducción del 25% al 23% en el tipo impositivo aplicable a las sociedades de dimensión reducida, es decir, a las entidades que tengan una cifra de negocios inferior a un millón de euros en el ejercicio anterior.
Otra novedad implica que los grupos de empresas consolidados solo podrán compensar el 50% de las pérdidas de sus filiales en 2023. Se trata de una medida temporal que no incrementa el impuesto, pero se difiere la posibilidad de compensar bases imponibles negativas hasta el siguiente ejercicio.
Por su parte, los autónomos se beneficiarán de una reducción de un 5% adicional en los rendimientos netos en la tributación por módulos y, en la estimación directa simplificada, podrán deducir hasta el 7% en gastos de difícil justificación. Estas novedades se añaden al nuevo sistema de cotización por tramos de los autónomos que también entra en vigor en 2023.
Se trata en definitiva de una amplia variedad de cambios que entran en vigor este año y que afectan de diversas maneras a los contribuyentes, tanto a nivel empresarial como personal. Por ello es necesario contar con la ayuda de profesionales como los del servicio de Asesoramiento Tributario de MOORE España, que se mantienen al día de todas las novedades fiscales y asesoran de forma efectiva a sus clientes en la planificación fiscal.