¿En qué consiste una Inspección de Trabajo?
Cualquier empresa con trabajadores a su cargo puede recibir en cualquier momento la visita de un inspector para realizar una inspección de trabajo que determine si, tanto la empresa como los trabajadores, cumplen con las responsabilidades administrativas que exige la ley.
Las inspecciones de trabajo son procedimientos habituales que pueden estar motivados por la denuncia de uno o varios trabajadores, pero no necesariamente, ya que a menudo el trabajo de los inspectores consiste en visitas rutinarias y aleatorias para detectar posibles infracciones.
La Ley 23/2015 de 21 de julio, confiere a los inspectores y subinspectores de trabajo total libertad para entrar como y cuando quieran a un centro de trabajo para realizar la inspección, por lo que se puede producir sin motivo alguno y sin necesidad de dar preaviso a la empresa.
El empresario, por tanto, no puede negarse ni impedir el paso a los inspectores a cualquier instalación perteneciente a la empresa, y el inspector puede incluso exigir que un trabajador o responsable le acompañe durante la visita. Además, el inspector puede reclamar la presentación de documentación, la identificación de las personas presentes en el centro de trabajo mediante su DNI, o tomar muestras, hacer fotos o mediciones, reconocer y examinar el local, e incluso solicitar claves y contraseñas de ordenadores.
Es importante tener en cuenta que en estos casos los inspectores ejercen como autoridad, por lo que cualquier obstrucción puede ser motivo de sanción y pueden solicitar la ayuda policial para realizar su trabajo. La única excepción se da cuando el centro de trabajo coincide con un domicilio particular, como puede ser el caso de muchos autónomos, en cuyo caso será necesario obtener el consentimiento del profesional o contar con una orden judicial.
¿Qué se determina en la inspección de trabajo?
La función de los inspectores consiste en verificar si se cumplen o no las distintas normativas que regulan los centros de trabajo, así como la relación entre empresa y trabajadores, pero también tienen la función de asesorar e informar a los mismos en materia laboral y Seguridad Social.
Entre los problemas más frecuentes que afloran durante las inspecciones se encuentran, por ejemplo, fallos en el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, pero también la falta de alta de algún trabajador en la seguridad social, empleados que trabajan más horas de las que indica su contrato, la contratación de falsos autónomos, etc.
Las diligencias presentadas por los inspectores de trabajo tras una inspección pueden incluir el requerimiento de facilitar documentación adicional específica, como la comunicación de apertura, el calendario laboral, recibos de salarios, partes de altas y bajas en la seguridad social o las declaraciones de impuestos. En resumen, cualquier documentación que el inspector considere necesaria para comprobar el correcto cumplimiento de la normativa.
Si, tras la inspección, el inspector considera que la empresa ha cometido algún tipo de irregularidad, levantará un acta de infracción que será notificada a la empresa mediante correo certificado. Una vez recibida la notificación, la empresa dispone de 15 días hábiles para presentar las alegaciones que considere oportunas.
Asesoramiento en materia laboral de MOORE
La mejor forma de evitar ser sancionados tras una inspección de trabajo es, como siempre, la prevención. Una empresa que cuenta con todos sus papeles en regla y cumple la normativa no debe temer las consecuencias de una inspección laboral.
Para esto es imprescindible contar con el asesoramiento de una firma especializada en materia laboral como MOORE, que tiene como misión principal asesorar jurídicamente a sus empresas cliente en materia laboral y optimizar sus áreas de relaciones laborales, empleo y administración de personal. Ante una inspección de trabajo, los profesionales del servicio de Asesoramiento Laboral de MOORE realizan un análisis previo de la situación, ofrecen una asistencia presencial ante el inspector en nombre y representación de la empresa cliente y, por supuesto, gestionan los trámites posteriores a realizar como consecuencia del resultado de la inspección.