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Cambios en la base de cotización de los autónomos

Se acercan los cambios en la base de cotización de los autónomos

Aunque el nuevo sistema de cotización de los autónomos aún tiene que concretarse en negociaciones con los agentes sociales y grupos parlamentarios, el Gobierno ya ha dado varios pasos para establecer la normativa que regulará las cuotas a la seguridad social de este sector tan importante para la economía española.

El pasado 27 de junio el Gobierno aprobó, mediante el Real Decreto 504/2022, el reglamento que recoge las novedades en relación a las altas y bajas de los autónomos y los cambios normativos necesarios para implementar el nuevo sistema de cotización, con el objetivo de que los trabajadores por cuenta propia y autónomos societarios puedan cotizar en función de sus rendimientos netos a partir del año 2023.

Este decreto ha venido a modificar el reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación, altas y bajas de trabajadores en la Seguridad Social, y el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social. Con estos cambios se permite que los trabajadores autónomos puedan realizar hasta seis cambios al año en la base de su cotización, aunque no siempre de la misma forma, ya que la afiliación y hasta tres altas dentro de cada año natural tendrán efectos desde el día en que concurran, mientras que las dos altas o bajas siguientes, si las hubiera, tendrán efecto el primer día del mes.

Nuevas bases de cotización

El objetivo de estos cambios –que forman parte de un plan mayor para garantizar la sostenibilidad de la Seguridad Social y el sistema de pensiones– es dirigirse hacia un marco en el que las bases de cotización de los autónomos guarden relación con sus ingresos, pero permitiendo cierta flexibilidad a estos trabajadores, dada la variabilidad de sus ganancias en comparación con los empleados con nómina.

De esta manera, a partir de 2023 se establecerán diferentes tramos de cotización según los ingresos percibidos, y cada trabajador autónomo tendrá la obligación de hacer una previsión de sus rendimientos netos, es decir, de sus ingresos menos gastos, para ir modificando su base de cotización en relación a ellos a lo largo del año.

Aunque los detalles de la ley aún están por confirmar en las negociaciones, se prevén hasta 15 tramos que se introducirán de forma progresiva entre 2023 y 2025 y que, según las últimas propuestas, podrían estar entre los 230€ como cuota mínima y 590€ de máxima.

Debemos recordar que son más de 3,3 millones de personas las que están integradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y que, según los datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social, en 2021 el 85,8% de ellos cotizaron por la base mínima, por lo que los nuevos cambios supondrán un incremento de cuota en la mayoría de los casos.

Esta nueva normativa traerá consigo otra consecuencia para los trabajadores autónomos, y es que, a pesar de que se prometen facilidades para realizar estos cambios de forma sencilla, el proceso de estimación de ingresos y formalización de cambios de cuota a lo largo del año supondrán un aumento de la carga burocrática y mayor complejidad a la hora de satisfacer las obligaciones con la administración.

Para estar al corriente de todas las novedades y detalles específicos en relación a estos cambios normativos, así como para poder llevar a cabo los trámites administrativos de forma correcta, es muy recomendable que los trabajadores autónomos cuenten con asesores profesionales y experimentados como los de MOORE.