Cómo afecta la ley de no discriminación al ámbito laboral
El pasado mes de julio fue aprobada la ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, que busca ampliar las medidas existentes para erradicar la discriminación y garantizar la protección de las víctimas de la misma en distintos ámbitos de la sociedad.
Si hasta ahora las medidas de prevención estaban más centradas en la perspectiva de género, con esta ley se amplía la protección ante cualquier tipo de discriminación:
“Nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad o condición de salud, estado serológico y/o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos, lengua, situación socioeconómica, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
Además, la ley amplía y define nuevos tipos de discriminación como la discriminación indirecta, por error, por asociación, discriminación múltiple o interseccional, e incluye medidas de prevención, control y sanción en ámbitos tan diversos como la educación, la sanidad, la justicia, la publicidad o el transporte, pero tiene una de sus mayores aplicaciones en el ámbito laboral.
La ley de no discriminación en materia laboral
La nueva ley busca garantizar el libre acceso al empleo por cuenta ajena, prohibiendo de manera específica la discriminación, por cualquiera de las variables o condiciones mencionadas, en los criterios de selección de personal. Esto implica, por ejemplo, que el empleador no podrá preguntar por las condiciones de salud de los candidatos al puesto de trabajo, o que la edad no podrá ser un argumento de descarte de aspirantes.
La regulación no solo se aplica a la contratación, sino que se amplía a todos los aspectos de la vida laboral del empleado, incluidas la formación para el empleo, la promoción profesional, la retribución, la jornada laboral o cualquier otra condición de trabajo, así como la suspensión, el despido u otras causas de extinción del contrato.
Para ello, la ley exige que las empresas apliquen instrumentos para prevenir, identificar y cesar situaciones discriminatorias y se prevé, además, que en futuros desarrollos de la normativa, se pueda exigir que las empresas con más de 250 empleados publiquen la información salarial necesaria para analizar y detectar posibles factores de discriminación. Se trataría de un paso más allá del que ya se exige a todas las empresas con la auditoría retributiva y el plan de igualdad para evitar la discriminación por razón de género.
De manera adicional, un artículo de esta nueva ley hace referencia específica a la negociación colectiva, para establecer que ningún convenio laboral podrá establecer limitaciones, segregaciones o exclusiones para el acceso al empleo, y, en cambio, se fomenta que estos convenios puedan establecer medidas particulares para prevenir, eliminar y corregir cualquier forma de discriminación en las condiciones de trabajo.
Responsabilidad y sanciones por discriminación
La ley de igualdad de trato y no discriminación establece cuáles deben ser las medidas reparatorias en caso de discriminación: la persona física o jurídica que cause discriminación reparará el daño causado, proporcionando una indemnización y restituyendo a la víctima a la situación anterior al incidente discriminatorio, cuando sea posible.
Del mismo modo, especifica que los empleadores, aunque no hayan practicado la discriminación de manera directa, también serán responsables del daño causado cuando la discriminación se produzca en su ámbito de organización o dirección y no hayan aplicado los métodos o instrumentos suficientes para su detección, prevención y cese.
Eso sí, la ley señala también que una actuación no será discriminatoria si quien la comete justifica que se ha realizado con un fin legítimo y como medio adecuado, necesario y proporcionado para lograrlo.
Con el fin de fomentar y verificar la aplicación de la ley, la administración se compromete a que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social incluya planes específicos sobre igualdad de trato y no discriminación en sus planes de actuación, por lo que el control sobre el cumplimiento de estas medidas pasará a formar parte de las inspecciones de trabajo. Las sanciones previstas pueden alcanzar multas desde los 300€ a los 500.000€ según su gravedad.
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