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Autónomo o Sociedad Limitada Unipersonal

Asesoramiento fiscal: ¿Autónomo o Sociedad Limitada?

Uno de los aspectos clave a la hora de poner en marcha un proyecto empresarial es decidir la forma jurídica con la que operará el negocio. Cuando se trata de proyectos unipersonales en los que un único emprendedor pone en marcha una empresa existen dos opciones claras: darse de alta como profesional autónomo o constituir una sociedad limitada unipersonal. Te contamos las diferencias entre ambas:

Un autónomo es una persona física que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica por cuenta propia obteniendo una ganancia por ello. Se trata de una forma jurídica muy habitual que se contrapone a las sociedades mercantiles y que a su vez se subdivide en distintos tipos de trabajadores autónomos según su actividad o su relación con el negocio en sí.

Por otra parte, una sociedad de responsabilidad limitada, conocida comúnmente como sociedad limitada o por sus siglas SL, es una persona jurídica, es decir, una entidad legalmente constituida para poder contraer derechos y obligaciones independientes de las personas físicas que la forman. Cuando una sociedad limitada está constituida por un único socio, se denomina Sociedad Limitada Unipersonal (SLU), y es el tipo de sociedad empresarial más común en España.

Ahora bien, una sociedad limitada, como cualquier otra sociedad mercantil, debe estar regida por un administrador, por lo que, si un emprendedor decide constituir una SLU, automáticamente se convertirá en un Autónomo Societario, siempre que cumpla con los requisitos de control efectivo sobre la empresa.

Principales diferencias entre Autónomo y Sociedad Limitada Unipersonal

Las principales diferencias entre el trabajador autónomo y la sociedad limitada unipersonal se refieren a los aspectos fiscales, administrativos y de responsabilidad:

  • Fiscalidad:

La cuestión fiscal es probablemente el principal aspecto a tener en cuenta a la hora de decidir entre ser trabajador autónomo o constituir una SLU, ya que ambas figuras cotizan en regímenes fiscales diferentes y, por tanto, la forma de calcular sus impuestos difiere en gran medida. El profesional autónomo tributa únicamente según el IRPF y, por tanto, su carga impositiva estará determinada por los tramos fiscales progresivos establecidos por el Estado y las Comunidades Autónomas. Sin embargo, las sociedades limitadas tributan por el Impuesto de Sociedades lo que implica, en la mayoría de los casos, que las ganancias de la empresa tributan por un tipo fijo habitual que hasta no hace mucho había sido uniforme del 25%, y las recientes novedades fiscales permiten reducir cada año a determinadas empresas. En este caso, hay que diferenciar las ganancias de la sociedad del salario y beneficios del autónomo societario que se liquidan en la declaración de la renta como cualquier ciudadano.

  • Responsabilidad:

Otra de las principales diferencias entre los trabajadores autónomos y las sociedades limitadas se refiere a la responsabilidad, ya que, en el caso de las sociedades limitadas, la responsabilidad legal se limita al capital social de la empresa, mientras que, en el caso del autónomo, la responsabilidad es ilimitada, es decir, el profesional responde con todo su patrimonio personal ante las deudas del negocio. Existe una excepción a esta circunstancia y es la figura del emprendedor con responsabilidad limitada (ERL) creada en 2013 para fomentar el emprendimiento y que, bajo determinadas circunstancias, salvaguarda la vivienda habitual del autónomo o sus bienes de equipo profesional. 

Por otra parte, hay que tener en cuenta que, si el autónomo societario ha solicitado un préstamo para iniciar su proyecto como sociedad limitada y el banco pide un aval con garantías personales, la responsabilidad afectará al patrimonio personal igualmente.  

  • Capital social:

Precisamente el capital social de la empresa es otra de las principales diferencias, y es que una sociedad limitada debe contar con un capital social mínimo de 3.000 euros, ya sea en aportaciones monetarias o en especie (aunque tras la ley Crea y Crece se permite empezar con un capital social de 1€ e ir aportando los beneficios hasta alcanzar los 3000€), mientras que un profesional autónomo no tiene obligación de reservar ningún importe.

Cuando el negocio requiere de un capital muy elevado o pretende cotizar en bolsa, cabe otra posibilidad societaria como es la Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) aunque es de uso muy poco frecuente.

  • Coste de constitución:

El coste de alta de un trabajador autónomo es bajo y se limita al de la asesoría fiscal que realiza los trámites correspondientes. Sin embargo, el coste de constitución de una sociedad limitada, aunque sea unipersonal, se eleva debido a la necesidad de constituir la sociedad ante notario y presentarla en el registro mercantil. Por este motivo, la constitución de una sociedad limitada suele llevar una media de 30 a 40 días, mientras que el alta como autónomo es prácticamente automático.

  • Gestión y contabilidad:

Además de los trámites necesarios para su constitución, una sociedad limitada tiene unas obligaciones administrativas más complejas que las de un trabajador autónomo, empezando por la propia contabilidad, ya que al tratarse una sociedad mercantil tiene obligación de presentar sus cuentas anuales ante el Registro Mercantil.

Teniendo estos aspectos en cuenta, en términos generales se asume que la opción de autónomo es la más apropiada para aquellos negocios que requieren de poca inversión inicial, tienen bajo riesgo y unas expectativas de ingresos iniciales bajos. Por el contrario, la opción de constituir una sociedad limitada unipersonal será más conveniente cuando se requiere una inversión significativa y de cierto riesgo, y para negocios en los que se prevé un alto volumen de ingresos.

Aunque a menudo se suele identificar a los autónomos con freelancers, consultores, o servicios profesionales y a las sociedades con otro tipo de negocios que requieren de locales y/o empleados, la realidad es que no tiene por qué ser así. La decisión no siempre es sencilla y depende de las circunstancias de cada caso. Por ello, y dada la relevancia de la decisión en el desarrollo del negocio y su carga fiscal, la mejor forma de decidir entre autónomo y sociedad limitada unipersonal es dejarse aconsejar por un asesor fiscal cuyas funciones van mucho más allá de la mera presentación de impuestos y pueden asesorar a sus clientes en este tipo de tramites.

El área de Asesoramiento Fiscal de MOORE España está formada por expertos en asesoría fiscal especializados en la cumplimentación y tramitación de tributos con todas las garantías, pero también la asesoría sobre decisiones estratégicas o la representación administrativa para llevar a cabo los trámites burocráticos necesarios.