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Sube el salario mínimo

Sube el salario mínimo ¿Y ahora qué? Todo lo que debes tener en cuenta como empleador

La negociación y subida del salario mínimo interprofesional ocupa cada año muchos titulares, pero a menudo se olvida la cuestión práctica, las implicaciones administrativas que tiene este aumento obligatorio para cada empleador, por eso hoy te contamos los aspectos básicos.

El Gobierno y los sindicatos han pactado, sin la participación de la patronal, una subida del salario mínimo interprofesional para 2026 del 3,1%, situándolo en 17.094€ brutos anuales, lo que supone una subida acumulada del 66% en los últimos 7 años. Esta medida ha sido aprobada el 17 de febrero en el Consejo de Ministros para su entrada en vigor una vez publicado en el BOE y con efecto retroactivo al 1 de enero. Se calcula que esta medida afectará a 1,66 millones de trabajadores, alrededor de un 9% del total de empleados en nuestro país.

Como es lógico, la subida del salario mínimo tiene implicaciones directas en la tesorería de las empresas, pero también en su carga administrativa, ya que hay una serie de tareas a poner en práctica desde el momento en que se aprueba la subida y una serie de aspectos a tener en cuenta para evitar problemas y sanciones. Estas son las principales:

  • Revisar las nóminas de todos los empleados: es necesario detectar aquellas nóminas cuyo importe bruto esté por debajo del nuevo salario mínimo, es decir, por debajo de los 1.424,50€ brutos al mes si el salario se abona en 12 pagas o los 1.221 € brutos al mes si la empresa los abona en 14 pagas.
  • Prestar especial atención a los complementos salariales: en algunos casos los complementos pueden absorber la subida del salario mínimo, pero en otros no. Si la suma del salario base más los complementos alcanza el SMI no sería necesario incrementar la nómina, pero en esta suma solo contarán aquellos pluses que retribuyan el salario de forma genérica y no los complementos salariales como los de transporte, vestuario, dietas o kilometraje que no computan para calcular el salario mínimo. Se prevé que un próximo decreto reforme las reglas de absorción y compensación para evitar que la subida del SMI se diluya con los complementos.
  • Revisar también los contratos a tiempo parcial: será necesario calcular si su salario actual queda por debajo del nuevo SMI con respecto a sus horas de trabajo y, por tanto, debe ser también incrementado de forma proporcional. En el caso de los eventuales y temporeros el nuevo SMI debe ajustarse a un mínimo de 57,82€ por jornada y los empleados del hogar no podrán cobrar menos de 9,55€ por hora trabajada.  
  • Gestionar los atrasos: la subida se aprueba el mes de febrero, pero con efecto retroactivo a principio de 2026 y, por tanto, es necesario añadir a la nómina de febrero el atraso correspondiente a la nómina de enero, es decir, 37€ brutos en el caso de salarios a jornada completa en 14 pagas.
  • Actualizar las cuotas a la seguridad social: mediante la subida del salario mínimo no solo se aumenta la cantidad que percibe el trabajador, sino también el porcentaje que se detrae de su salario en forma de cotizaciones del empleado y las que aporta la empresa por cada trabajador a la Seguridad Social.
  • Actualizar las retenciones del IRPF: la subida del salario también implica una actualización de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, es decir, los impuestos sobre la renta que retiene el empresario y abona a Hacienda en nombre del trabajador. Estas retenciones dependerán del caso específico de cada trabajador y es probable que Hacienda actualicen los límites de retención para permitir que el incremento del SMI llegue íntegro a la nómina.
  • Prever el aumento de costes: la subida del salario mínimo puede suponer un impacto para aquellas empresas que tienen una política de salarios mínimos para toda o gran parte de su plantilla, ya que puede suponer un incremento de costes de unos 700€ anuales por empleado considerando el salario y las distintas cotizaciones a la seguridad social.
  • Prestar atención a la renovación de los convenios colectivos: muchos convenios sectoriales utilizan el SMI como base para calcular los salarios por categoría profesional, por lo que cada subida del salario mínimo suele conllevar un efecto de arrastre en las renovaciones de convenios que, según el Gobierno, afectará a casi un millón de trabajadores más.

La correcta adaptación de las nóminas al nuevo salario mínimo profesional no es un tema baladí. Los empleadores deben recordar que, si un contrato está registrado por debajo de la base mínima, se dispara una alerta que puede provocar una inspección de trabajo en la empresa. No pagar el salario mínimo se considera una infracción grave con multas que pueden llegar hasta 7.500€ por trabajador, además de la obligación de pagar a cada trabajador el importe correspondiente más los intereses de demora y las correctas cotizaciones a la seguridad social con hasta un 20% de recargos.

El departamento de asesoría laboral de MOORE España asesora y guía a sus clientes empresa en todos los aspectos relacionados con la fuerza laboral de su empresa, incluidas las actualizaciones de salario. Además, el departamento de outsourcing de MOORE España, que ofrece servicios externalizados de distintos aspectos de la organización administrativa de una empresa, facilita también el outsourcing de nóminas, un servicio mediante el cual los profesionales de MOORE se encargan de la gestión de nóminas, seguros sociales y ficheros CRA, y su correspondiente envío a la Seguridad Social; además de  la confección de contratos oficiales y su presentación ante el SEPE, la confección y presentación de modelos 111 y 190, o la preparación y envío del listado de costes emitidos por el programa de nóminas. Todo ello indispensable no solo para aplicar la correcta subida del SMI, sino para saber qué coste supondrá para la empresa.