Los principales cambios de la nueva ley de fraude fiscal
El pasado mes de julio entró en vigor una nueva ley de fraude fiscal de gran calado, con el objetivo de optimizar la recaudación tributaria, y que afecta en muchos aspectos a las obligaciones fiscales de las empresas.
La Ley 11/2021 , de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, supone la transposición de la Directiva Europea 2016/1164, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, pero también la modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego.
La nueva ley afecta a artículos concretos de la mayor parte de las leyes tributarias: desde el IRPF a las Haciendas locales, pasando por los impuestos de Sociedades, IVA, ITP y AJD, Sucesiones y Donaciones, No residentes o Patrimonio, además de la Ley General Tributaria y otras disposiciones como la Ley del Catastro o Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Entre las medidas que más afectan al día a día del desarrollo de un negocio destacan, por ejemplo, que una sociedad, empresario o profesional no podrá hacer pagos en efectivo por importe superior a los 1.000 €, pero también la prohibición de utilizar sistemas informáticos que permitan la alteración de datos contables.
Se cambian, además, aspectos relativos al cálculo de los recargos o los intereses de demora en las devoluciones tributarias, y se anuncia la posibilidad de revocación del NIF a las sociedades inactivas con el fin de mejorar la gestión de los censos tributarios.
Cambios en transparencia internacional y valoración de inmuebles
Varias de las novedades que introduce esta ley están orientadas a objetivos determinados como pueden ser la Transparencia fiscal Internacional, la valoración de los bienes inmuebles o la tributación de ciertos tipos de sociedades.
La nueva ley de fraude fiscal impone varias modificaciones en el régimen de Transparencia Fiscal Internacional que implican, por ejemplo, la inclusión de los establecimientos permanentes como entes que pueden quedar afectados por las normas de TFI. Además, se amplía el listado de rentas pasivas susceptibles de ser objeto del régimen transparencia: se incluyen actividades de seguros, crediticias, operaciones de arrendamiento financiero y otras actividades financieras con independencia de si generan gastos deducibles en España. Como novedad, también se añade la obligación de informar sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular.
Otra de las modificaciones más destacables que introduce la nueva ley de fraude fiscal es la que se refiere a la valoración de los bienes inmuebles y el cálculo de la base imponible para el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, de manera que se sustituye el “valor real” por el valor de mercado, es decir “el precio más probable por el cual podría venderse, entre partes independientes, un bien libre de cargas”. Esta modificación afectará también al impuesto sobre el patrimonio ya que, al aumentarse la base imponible de los inmuebles, muchos contribuyentes sobrepasarán el límite que obliga a declarar su patrimonio.
Por otra parte, la modificación del régimen de las sociedades de inversión de capital variable (SICAVs), establece nuevas reglas para determinar el número mínimo de accionistas, de lo que depende la aplicación del tipo del 1%. En el caso de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión Inmobiliaria (SOCIMIs) lo que se establece es un gravamen especial del 15% en determinados conceptos.
Esto es solo un resumen de algunos de los principales cambios, pero la cantidad de modificaciones que establece la nueva ley Fraude Fiscal conlleva muchas implicaciones y su desconocimiento puede derivar en pérdidas de beneficios y, en el peor de los casos, en sanciones. Para tener claro cómo afectan los distintos aspectos de la nueva ley al desarrollo e intereses de una empresa se hace imprescindible contar con una asesoría fiscal de prestigio y con gran conocimiento y experiencia como es MOORE ACPM.