En qué consisten los servicios de mediación, arbitraje y conciliación
Los procesos judiciales suelen ser lentos, farragosos y costosos para las partes en conflicto. En muchas ocasiones se utilizan otras vías para resolver estas situaciones buscando soluciones más rápidas y sencillas, pero que a su vez mantengan una validez jurídica.
La mediación, la conciliación y el arbitraje son diferentes procedimientos extrajudiciales de resolución de conflictos. Suponen vías alternativas a la jurisdicción ordinaria, y que ofrecen soluciones más ágiles, económicas y, a menudo, más satisfactorias para ambas partes.
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Aunque se trata de mecanismos similares tienen importantes diferencias entre ellos:
La mediación es un proceso de negociación entre dos o más partes. Moderado por una figura imparcial, para llegar a un acuerdo que sea razonable para todos. En esta negociación, la figura del mediador imparcial no aportará ninguna solución propia. Sino que las partes en conflicto son las encargadas de ofrecer alternativas hasta llegar a unos términos consensuados.
La labor del mediador consiste únicamente en conducir la sesión, explicando las posiciones de ambas partes, y utilizar sus habilidades comunicativas para evitar el conflicto. Se trata de una figura no regulada por la ley y que se sostiene por el compromiso de acuerdo y aceptación de las partes.
La conciliación es también un procedimiento por el cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de un conflicto. Sin embargo, en este caso, la persona que ejerce de figura imparcial, denominado “conciliador”, además de facilitar el dialogo entre las partes, debe cumplir la labor de promover fórmulas de acuerdo que permitan llegar a soluciones. Al contrario que la mediación, el proceso de conciliación está regulado por ley y la figura del mediador debe ser una persona cualificada, ya sea funcionario público, administrativo o judicial, o nombrado al efecto por un tribunal. El acuerdo en este caso debe quedar por escrito y tiene los mismos efectos que una sentencia.
Por último, el arbitraje es el mecanismo empleado a menudo para la resolución de conflictos de tipo mercantil, en el que la figura imparcial la toma un árbitro experto en el tema a tratar. Este árbitro dirige la resolución según su opinión y conocimiento de la que debe ser la opción más conveniente para todas las partes, y emite un laudo de obligado cumplimiento para todos.
Mediación, arbitraje y conciliación en el ámbito laboral
Aunque los servicios de mediación, conciliación o arbitraje pueden darse en muy diversos ámbitos, desde conflictos mercantiles a conflictos familiares, tienen especial relevancia y frecuencia en el espacio laboral.
En este caso, el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (conocido como SMAC por sus siglas), es el organismo dependiente del Ministerio de Trabajo o de la correspondiente Conserjería de Trabajo de la Comunidad Autónoma, encargado de buscar el acuerdo entre trabajador y empresa en conflictos relacionados con los contratos de trabajo, y es previo, y a menudo obligatorio, a la vía judicial.
De esta manera se utilizan los mecanismos alternativos para llegar a una solución satisfactoria en relación a despidos, sanciones disciplinarias, importes salariales o reconocimientos de derechos en general.
A pesar de tratarse de acuerdos extrajudiciales, no se debe caer en el error de no darles importancia o no prepararlos con el conveniente esmero, ya que las resoluciones son de obligado cumplimiento y en cualquier caso sientan una base en el caso de que el conflicto finalmente acabe en vía judicial.
Los profesionales del Servicio de Asesoramiento Laboral de MOORE España ofrecen a sus clientes asistencia letrada durante los procesos de mediación, arbitraje y conciliación. Un servicio que conlleva tanto el análisis previo para determinar contingencias y planificar la estrategia, como la posterior negociación con el trabajador o su asesor laboral, la ejecución de cualquier plan de acción y, llegado el caso, la asistencia letrada en sede judicial.