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Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

Asesoramiento fiscal: ¿Qué es el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados?

Aunque no trabajes en una asesoría fiscal, el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados es un gravamen que le suena a todo el que alguna vez ha comprado una vivienda o un coche de segunda mano, pero a menudo se confunde su naturaleza puesto que en realidad se trata de tres figuras impositivas en un solo tributo que también se aplica a la actividad de las sociedades empresariales.

El denominado impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, a menudo nombrado por sus siglas ITP-AJD, es un tributo de carácter indirecto regulado por el Real Decreto Legislativo 1/1993 que grava tres tipos de operaciones:

  • Las transmisiones patrimoniales onerosas (TPO)

Se denomina transmisión onerosa al traspaso de un bien o un derecho a cambio de otros bienes o derechos, lo que en términos habituales podemos entender por una compraventa, por contraposición a las transmisiones no onerosas en las que no se obtiene nada a cambio como pueden ser las donaciones o herencias.

En este caso la normativa obliga al pago de un tributo, el ITP, por todas aquellas transmisiones de bienes muebles o inmuebles situados en territorio español que no están sujetos a IVA por ser de segunda mano y transmitidos entre particulares (salvo excepciones).

Las aplicaciones más comunes suelen darse en la compra de viviendas, locales o vehículos que no se adquieren a una constructora o concesionario, sino que se transfieren entre particulares, pero en realidad aplica a cualquier transmisión de un bien en las mismas condiciones, independientemente de su valor.

En este caso, se trata de un impuesto que debe ser abonado generalmente por el comprador o adquirente del bien, a menudo a través de su asesor fiscal, y su importe se encuentra entre el 4% y el 10% del precio según la Comunidad Autónoma que, además, puede aplicarlo de forma progresiva según el valor del bien.

  • Las operaciones societarias

Se denominan operaciones societarias aquellas que implican la constitución o disolución de una sociedad o su traslado a España desde fuera de la UE, pero también la disminución o aumento del capital de la sociedad o las aportaciones de sus socios aunque no varíe el capital.

En este caso, la normativa determina que se debe aplicar un tipo general del 1% de gravamen sobre cada una de estas operaciones de empresas con sede o domicilio social en España que debe ser abonado, según el caso, por los fondos de la propia sociedad o por sus socios.

  • Los actos jurídicos documentados (AJD)

En el caso de los actos jurídicos documentados, el impuesto grava la formalización de documentos notariales, mercantiles y administrativos, y se satisface mediante una cuota fija en el caso de que el documento se expida en papel timbrado, o una cuota variable cuando se trata de documentos notariales que se inscriben en registros públicos como el registro de la propiedad. 

A modo de resumen, el ITP grava las transmisiones entre particulares o dentro de una sociedad, mientras que la parte AJD del impuesto grava los documentos, de manera que, en el caso de la compraventa de una vivienda de segunda mano, el ITP se refiere al gravamen sobre el precio de la vivienda y el AJD al gravamen sobre la formalización de las escrituras y demás documentación, pero en cualquier caso se trata del mismo impuesto en cuanto a denominación y regulación, y ambos se pueden tramitar de manera conjunta en el mismo modelo.

Dado que el cálculo no siempre es sencillo y depende de cuál sea considerado valor de referencia, cuál sea el tipo impositivo de cada Comunidad Autónoma y cuáles las exenciones y modificaciones en cada región, es conveniente contar con una asesoría fiscal que se encargue de completar y presentar el modelo correspondiente en el plazo marcado por la ley. Esto se hace más relevante en el caso de las operaciones societarias.

Los profesionales del área de Asesoramiento fiscal de MOORE España están especializadas en la cumplimentación y tramitación de todo tipo de impuestos, incluido el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados tanto para particulares como para empresas.