La internacionalización de las empresas se está convirtiendo en una realidad más que necesaria para todas aquellas pymes que buscan crecer.
Expandirse más allá de nuestras fronteras abre nuevas vías de negocio que suelen resultar altamente rentables. Sin embargo, dar el paso de saltar al exterior no siempre es fácil. Son muchas las cuestiones que se plantean desde:
- Qué mercado abordar.
- Qué pasos seguir para instalarse allí.
- Qué logística implementar.
- Qué burocracia se debe resolver para desarrollar la actividad en ese país.
- Fiscalidad del país destino.
- Posibles vías de financiación.
- Aspectos legales a tener en cuenta antes, durante y después de implantarse en el lugar elegido.
Todos estos aspectos son claves a la hora de arrancar un negocio fuera de nuestras fronteras. Obviamente, son muchos palos a los que hacer frente y lo más recomendable es que se haga de la mano de una consultora especializada en la internacionalización de empresas, donde un equipo de profesionales podrá dar respuesta a cada una de las necesidades propias de tu proyecto empresarial.
Podrán asesorarte desde el punto de vista legal, financiero o fiscal y alertarte de todos los posibles riesgos que conlleva la operación. Y esto es fundamental.
Muchas empresas han fracasado en su salida al exterior porque no hay un buen estudio previo sobre su viabilidad o por desconocimiento del mercado en el que se va a trabajar. Porque no es lo mismo implantarse en China, que en Ghana o en Nueva York, por ejemplo.
Incentivos fiscales a la internacionalización
Que una empresa decida dar el salto al exterior, es complicado. Y más en los tiempos que corren. Por eso, el Gobierno ha dispuesto de una serie de incentivos fiscales para estimular la internacionalización que van en dos direcciones:
1.- La solución para paliar el problema de la doble imposición, es decir, evitar que una empresa pague impuestos a la renta en dos territorios diferentes.
2.- Medidas tributarias para favorecer la salida al exterior, una vez superado el hándicap de la doble imposición.
La doble imposición internacional supone un grave problema para la salida al exterior de las empresas españoles porque los países gravan los rendimientos que los residentes tienen en el exterior (principio de gravamen basado en la residencia) , como los que los no residentes obtienen dentro de su jurisdicción (principio de gravamen basado en la fuente de origen), con lo que, si no hay un ajuste o regularización, al final unos mismos rendimientos pueden ser gravados en más de una jurisdicción fiscal, con las consecuencias económicas negativas que esto supone para cualquier entidad.
Así las cosas, para facilitar la internacionalización y que ésta no suponga un coste extra para la empresa, se ajustan algunos impuestos para que la empresa solo por uno de ellos, es decir, o paga por el impuesto de sociedades españolas o por el impuesto de sociedades extranjero.
Para ello, las empresas pueden o bien acogerse al método de exención, por el que se tributa únicamente por el impuesto de sociedades extranjero, y que se basa en un ajuste negativo al resultado contable.
La otra opción es optar por el método de imputación o deducción en cuota por doble imposición internacional, y a diferencia del anterior, está basado en un ajuste positivo. En este caso, se intenta que el sujeto pasivo tribute exclusivamente por el impuesto de sociedades español.
Estos son solo algunos de los puntos a tener en cuenta a la hora de internacionalizar una empresa. Sin embargo, es un tema muy complejo que iremos desgranando poco a poco en próximos artículos.